ACUERDO DE APROBACION DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PUBLICA ADOPTADO POR LA COMISION CLASIFICADORA DE RIESGO

    Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del decreto ley Nº 3.500, de 1980, en el Título XIV de la ley N° 18.045 sobre Mercado de Valores, en el Acuerdo Nº 7 de los Procedimientos de Aprobación de Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas, publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1994, modificado por el Acuerdo N° 16, publicado en el Diario Oficial el 2 de junio de 1998; en el Acuerdo N° 8 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 1994, modificado por los Acuerdos N° 13, N° 14 y N° 15, publicados en el Diario Oficial el 4 de octubre de 1996, 19 de noviembre de 1996 y 6 de marzo de 1997, respectivamente; y en el Acuerdo N° 10 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Emitidos por Entidades Extranjeras, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1995, modificado por los Acuerdos N° 11, N° 12 y N° 13, publicados en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 1995, 27 de enero de 1996 y 4 de octubre de 1996, respectivamente.

    La Comisión Clasificadora de Riesgo acordó, en su centésimo trigésimo sexta reunión ordinaria, lo siguiente:

A.  EMISORES CHILENOS:

1.  Mantener la aprobación de las acciones de las siguientes Sociedades Anónimas Abiertas:


    - Agrícola Nacional S.A.C. e I.
    - Banco BHIF (*)
    - Banco de A. Edwards (*)
    - Banco de Crédito e Inversiones (*)
    - Banco de Chile (1)
    - Banco Santander - Chile (*)
    - Banco Santiago (*)
    - Bata Chile S.A. (1)
    - Besalco S.A. (1)
    - Bicecorp S.A. (*)
    - Bodegas y Viñedos Santa Emiliana S.A.
    - Cap S.A. (*)
    - Cemento Polpaico S.A. (1)
    - Cementos Bío-Bío S.A.
    - Cerámicas Cordillera S.A.
    - Cintac S.A. (1)
    - Club Hípico de Santiago S.A.
    - Coats Cadena S.A.
    - Compañía Cervecerías Unidas S.A.
    - Compañía Chilena de Fósforos S.A.
    - Compañía Chilena de Navegación Interoceánica S.A.(*)
    - Compañía Chilena de Tabacos S.A.
    - Compañía de Consumidores de Gas de Santiago S.A. (*)
    - Compañía de Petróleos de Chile S.A. (1)
    - Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A. (*)
    - Compañía de Teléfonos de Coyhaique S.A.
    - Compañía Eléctrica del Litoral S.A.
    - Compañía Eléctrica del Río Maipo S.A.
    - Compañía Electrometalúrgica S.A.
    - Compañía Industrial El Volcán S.A.
    - Compañía General de Electricidad S.A. (*)
    - Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A. (1)
    - Compañías CIC S.A. (*)
    - Coresa S.A., Contenedores, Redes y Envases (*)
    - Cristalerías de Chile S.A.
    - Cruz Blanca Isapre S.A.
    - CTI Compañía Tecno Industrial S.A.
    - Chilectra S.A.
    - Chilquinta S.A.
    - Chilquinta Energía S.A. (*)
    - Dresdner Banque Nationale de París
    - Detroit Diesel-MTU-Allison (Chile) S.A. (*)
    - Distribución y Servicio D & S S.A. (*)
    - Editorial Lord Cochrane S.A.
    - Embotelladora Andina S.A. (2)
    - Embotelladoras Coca-Cola Polar S.A. (*)
    - Empresa Eléctrica Atacama S.A.
    - Empresa Eléctrica Colbún Machicura S.A. (*)
    - Empresa Eléctrica de Antofagasta S.A.
    - Empresa Eléctrica de Arica S.A. (*)
    - Empresa Eléctrica de Iquique S.A.
    - Empresa Eléctrica de Magallanes S.A.
    - Empresa Eléctrica del Norte Grande S.A. (*)
    - Empresa Eléctrica Emec S.A. (*)
    - Empresa Eléctrica Pehuenche S.A. (*)
    - Empresa Eléctrica Pilmaiquén S.A.
    - Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A.
    - Empresa Minera de Mantos Blancos S.A. (*)
    - Empresa Nacional de Electricidad S.A. (*)
    - Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. (*) (1)
    - Empresas Almacenes París S.A. (*)
    - Empresas Carozzi S.A. (*)
    - Empresas Conosur S.A.
    - Empresas CMPC S.A. (*)
    - Empresas Emel S.A.
    - Empresas Iansa S.A. (*)
    - Empresas Melón S.A.
    - Empresas Navieras S.A. (*)
    - Empresas Pizarreño S.A.
    - Empresas Santa Carolina S.A. (*) (1)
    - Enaex S.A.
    - Enersis S.A. (*)
    - Envases del Pacífico S.A.
    - Fábrica Victoria de Puente Alto S.A. Textil
    - Farmacias Ahumada S.A. (*)
    - Forestal Cholguán S.A.
    - Forestal Terranova S.A. (*)
    - Frutícola Viconto S.A. (1)
    - General Electric de Chile S.A.
    - Gener S.A. (*)
    - Grupo Security S.A. (*)
    - Industrias Forestales S.A. (*)
    - Industrias Tricolor S.A.
    - Inmobiliaria Urbana S.A.
    - Instituto Sanitas S.A.
    - Laboratorio Chile S.A. (*)
    - Leasing Nacional S.A.
    - Lan Chile S.A. (*)
    - Maderas Prensadas Cholguán S.A. (1)
    - Mainstream Salmones y Alimentos S.A. (*)
    - Masisa S.A. (*)
    - Metalpar S.A. (*)
    - O'Higgins Central Hispanoamericano S.A. (*)
    - Parque Arauco S.A.
    - Pesquera Itata S.A.
    - Plaza Vespucio S.A. (*)
    - Puerto Ventanas S.A. (*)
    - Quiñenco S.A. (*)
    - SACI Falabella (*)
    - Santa Isabel S.A. (*)
    - Santander Chile Holding S.A. (*)
    - Sociedad Anónima Viña Santa Rita
    - Sociedad Austral de Electricidad S.A.
    - Sociedad Hipódromo Chile S.A.
    - Sociedad Manufacturera de Electroartefactos S.A.
    - Sociedad Pesquera Coloso S.A. (*)
    - Sociedad Punta del Cobre S.A. (1)
    - Sociedad Química y Minera de Chile S.A.
    - Soquimich Comercial S.A.
    - Vidrios Lirquén S.A.
    - Viña Concha y Toro S.A.
    - Viña San Pedro S.A. (*)
    - Viña Undurraga S.A.
    - Zalaquett S.A.
    - Zona Franca de Iquique S.A. (1)

(*)  Las acciones del emisor han sido aprobadas, en virtud de lo establecido en el inciso séptimo del artículo 106 del decreto ley Nº 3.500, de 1980.

(1)  Se mantiene la aprobación de las acciones del emisor, en consideración a que existen antecedentes pendientes.

(2)  La aprobación se refiere, exclusivamente, a las acciones Serie A emitidas por Embotelladora Andina S.A.

2.  Desaprobar las acciones de la siguiente Sociedad Anónima Abierta, debido a que la misma no cuenta con una relación activo contable depurado sobre activo total igual o mayor a un 40%, con información al 30 de junio de 1998.  Lo anterior, en virtud de lo establecido en el inciso segundo del artículo 104, del D.L. N° 3.500, de 1980:

    - Madeco S.A.
3.  Desaprobar las acciones de las siguientes Sociedades Anónimas Abiertas, debido a que su emisor no cumple los requisitos mínimos con información al 30 de junio de 1998:


    - Jugos Concentrados S.A.
    - La Cartuja S.A.

4.  Mantener la aprobación de las cuotas de los siguientes Fondos de Inversión:


    - Beta Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Citicorp Chile Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Colono Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Compass Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Compass Millennium Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Pionero Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Siglo XXI Fondo de Inversión Mobiliaria
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Aetfin-Mixto
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Banedwards-Desarrollos Inmobiliarios
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria BHIF Inmobiliario
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Cimenta-Expansión
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Las Américas-Fundación
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Las Américas-Raíces
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Santander Plusvalía
    - Fondo de Inversión Inmobiliaria Santiago
    - Rentas Fondo de Inversión Inmobiliaria
    - BHIF Global Equity Fondo de Inversión Internacional
    - Compass América Latina Fondo de Inversión Internacional
    - Global Optimization Fondo de Inversión Internacional
    - Sur Exterior Fondo de Inversión Internacional
    - Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas CMB-PRIME
    - Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas Estrella Americana
    - Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas Las Américas Emergente
    - Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas Monitor
    - Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas Sabco
    - Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas Santander Crucero
    - Proa Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas
    - Sur Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas
    - Toronto Capital Group Fondo de Inversión de Desarrollo de Empresas

5.  Mantener la aprobación como contraparte de los Fondos de Pensiones en las operaciones de cobertura de riesgo financiero entre moneda local y moneda extranjera a la siguiente Cámara de Compensación, que cumple con las condiciones establecidas en la letra o) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en las Normas de Carácter General dictadas por la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones:


    - Cámara de Compensación de la B. de C. de Santiago S.A.

6.  Aprobar los Bonos emitidos por las Empresas Públicas y Privadas que se señalan y asignarles las siguientes categorías de riesgo (3):


BONOS APROBADOS CON CATEGORIA AA DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )

(4)  Las emisiones de bonos Series A-1 y A-2, Series B-1 y B-2 y Series C-2, D-1 y D-2 de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. bajan de clasificación desde Categoría AAA a Categoría AA+ de riesgo, en atención al incremento del nivel de endeudamiento del emisor. Sin embargo, la aprobación de los bonos del emisor y la asignación de esta nueva categoría, quedó sujeta a la verificación de antecedentes pendientes.

(5)  Se mantiene la aprobación y asignación de la categoría de riesgo a los bonos del emisor, en consideración a que existen antecedentes pendientes.


BONOS APROBADOS CON CATEGORIA A DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )

(6)  Se mantiene la aprobación y asignación de la categoría de riesgo a los bonos del emisor, en consideración a que existen antecedentes pendientes.


BONOS APROBADOS CON CATEGORIA BBB DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )

(3)  La Comisión no se pronuncia respecto a los bonos Series D-1, E-1 y E-2, Serie F, Serie G, Serie H y Serie I emitidos por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, en atención a que en su opinión cuentan con una garantía plena del Estado, en virtud de la cual han sido considerados como instrumentos señalados en la letra a), del artículo 45, del D.L. N° 3.500, de 1980.

7.  Aprobar los Bonos emitidos por las Empresas de Leasing que se señalan y asignarles las siguientes categorías de riesgo:


BONOS APROBADOS CON CATEGORIA AA DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )


(7)  Corresponde a la ex-Compañía General de Leasing Ltda., cuyos accionistas acordaron tranformar la sociedad en sociedad anónima cerrada, mediante escritura pública de fecha 29 de Septiembre de 1998, sustituyendo su razón social por Compañía General de Leasing S.A., según extracto publicado en el Diario Oficial el 16 de octubre de 1998.


BONOS APROBADOS CON CATEGORIA A DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )


BONOS APROBADOS CON CATEGORIA BBB DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )


8.  Aprobar los instrumentos financieros de oferta pública emitidos por los Bancos e Instituciones Financieras que se señalan y asignarles las siguientes categorías de riesgo:


INSTRUMENTOS APROBADOS CON CATEGORIAS N-1 Y AA DE RIESGO
( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )

INSTRUMENTOS APROBADOS CON CATEGORIAS N-2 Y A DE RIESGO
( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )


(8)  Se mantiene la aprobación y asignación de la categoría de riesgo indicada a los instrumentos financieros del emisor, en atención a que existen antecedentes pendientes.


INSTRUMENTOS APROBADOS CON CATEGORIAS N-3 Y BBB DE RIESGO

( VER DIARIO OFICIAL Nº 36.202 DEL 31.10.1998 )


B.  EMISORES EXTRANJEROS:

1.  Mantener la aprobación de las acciones emitidas por empresas extranjeras y la aprobación de los certificados negociables, representativos de capital de entidades extranjeras, excluídos los de sociedades anónimas chilenas, emitidos por bancos depositarios en el extranjero, que cumplen con las condiciones establecidas en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en el D.S. Nº 141, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que se encuentren inscritos y puedan ser transados en las siguientes Bolsas de Valores:


    - Deutsche Börse A.G. - Frankfurter Wertpapierbörse (Bolsa de Frankfurt) (9)
    - New York Stock Exchange (NYSE)
    - National Association of Securities Dealers Automated Quotation (NASDAQ)
    - London Stock Exchange (LSE)
    - Société des Bourses Francaises - Bourse de Paris (10)
    - Tokyo Stock Exchange (TSE)
(9)  Se refiere a los instrumentos que se encuentren inscritos y puedan ser transados en el primer segmento (Amtlicher Handel) de la Bolsa de Frankfurt.

(10) Se refiere a los instrumentos que se encuentren inscritos y puedan ser transados en el primer y segundo mercado de la Bolsa de París.

2.  Mantener la aprobación de las cuotas del Fondo de Inversión Rodamco N.V., registrados en Holanda, que cumplen con las condiciones establecidas en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en el D.S. Nº 141, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que se encuentran inscritas y puedan ser transadas en el London Stock Exchange (LSE).

3.  Mantener la aprobación de las cuotas de los Fondos Mutuos, registrados en Alemania, Bermuda, Estados Unidos de Norteamérica, Francia, Guernsey (Islas del Canal), Holanda, Islas Caimán, Jersey (Islas del Canal), Luxemburgo, Reino Unido y República de Irlanda, que cumplen con las condiciones establecidas en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en el D.S. Nº 141, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y que fueron publicadas en el Diario Oficial con fecha 29 de Mayo, 27 de Junio, 1° de agosto y 29 de agosto de 1998.

4.  Aprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos, registrados en Estados Unidos de Norteamérica y Luxemburgo que cumplen con las condiciones establecidas en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en el D.S. Nº 141, de 1994, del Ministerio del Trabajo y  Previsión Social:

    - Active Assets Government Securities Trust
    - Active Assets Money Trust
    - Morgan Stanley Dean Witter Liquid Assets Fund Inc.
    - Morgan Stanley Dean Witter Natural Resource Development Securities Inc.
    - Morgan Stanley Dean Witter US Government Money Market Trust
    - Fidelity Funds - US Dollar Bond Fund

    - INVESCO Premier Select Fund - Asia Enterprise Fund
    - INVESCO Premier Select Fund - European Enterprise Fund
    - INVESCO Premier Select Fund - European Growth Fund
    - INVESCO Premier Select Fund - Global Leisure Fund
    - INVESCO Premier Select Fund - Latin American Fund

    - Morgan Stanley SICAV - US Value Equity Fund
    - Morgan Stanley SICAV - Global Bond Fund
    - Morgan Stanley SICAV - North American Bond Fund
    - Morgan Stanley SICAV - US High Yield Bond Fund
    - Morgan Stanley SICAV - US Dollar Income Fund

    - PARVEST - Euro Equities Fund
5.  Desaprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos, en atención a que sus respectivos Administradores la solicitaron:

    - Aetna Master Fund - United Kingdom National Equity Fund
    - Aetna Master Fund - Hong Kong National Fund
    - Mercury Select Trust - Singapore & Malaysian Fund
    - Morgan Stanley Funds, Inc. - Latin American Fund
    - The Baring International Umbrella Fund - Baring Malaysia & Singapore Fund
    - Wholesale Trust Deed - Combined Asia Share
6.  Desaprobar las cuotas del siguiente Fondo Mutuo, en atención a que no cumplen las normas sobre liquidez de las mismas, según en el Acuerdo N° 10 de la Comisión, debido a que su estructura de open-ended se encuentra temporalmente suspendida de acuerdo a lo informado por su Administrador, como producto de las medidas sobre repatriación de capitales impuestas recientemente por el gobierno de Malasia:

    - RG ZelfSelect LandesFund N.V. - Malaysia
7.  Mantener la aprobación de los instrumentos de deuda emitidos por entidades extranjeras, que cumplen con lo establecido en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en el D.S. Nº 141, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y que fueron publicadas en el Diario Oficial con fechas 16 y 31 de octubre y 28 de noviembre de 1992, 27 de febrero, 3 y 29 de mayo, 30 de julio, 24 de septiembre, 30 de octubre y 24 de diciembre de 1993, 27 de enero, 31 de marzo, 30 de junio, 30 de julio, 1º de septiembre y 28 de octubre de 1994, 1º de marzo, 1º de sbril, 1º de junio, 30 de junio y 30 de noviembre de 1995, 1° de marzo y 30 de marzo de 1996, 30 de mayo, 28 de noviembre y 31 de diciembre de 1997, 27 de febrero y 15 de octubre de 1998.

8.  Mantener la aprobación de los títulos de créditos señalados en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, emitidos por los Estados extranjeros o sus Bancos Centrales que se indican, y que se encuentan garantizados en al menos el 100% del valor nominal del título por otro u otros Estados extranjeros que cuentan con clasificación de riesgo internacional equivalente a Categoría AAA:



            Estado extranjero o                  Denominación
            Banco Central Emisor                  del Título

            Albania                              Par Bonds
            Argentina                            Par Bonds
            Argentina                        Discount Bonds
            Brasil                                Par Bonds
            Brasil                          Discount Bonds
            Bulgaria          Discount Bonds, Series A y B
            República Dominicana            Discount Bonds
            Ecuador                              Par Bonds
            Ecuador                          Discount Bonds
            Jordania                              Par Bonds
            Jordania                        Discount Bonds
            México                Par Bonds, Series A y B
            México      Discount Bonds, Series A, B, C y D
            México                    UMS ''AZTEC'' Bonds
            Nigeria                              Par Bonds
            Filipinas              Par Bonds, Series A y B
            Panamá                              Par Bonds
            Panamá                          Discount Bonds
            Polonia                            RSTA Bonds
            Polonia                              Par Bonds
            Polonia                        Discount Bonds
            Uruguay        Fixed-Rate Notes, Series A y B
            Venezuela              Par Bonds, Series A y B
            Venezuela        Discount Bonds, Series A y B
9.  Mantener la aprobación como contrapartes de los Fondos de Pensiones en las operaciones de cobertura de riesgo financiero a las siguientes Cámaras de Compensación, que cumplen con las condiciones establecidas en la letra l) del artículo 45 del D.L. Nº 3.500, de 1980, y en el D.S. Nº 141, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social:

    - London Clearing House
    - Chicago Mercantile Exchange Clearing House
    - Board of Trade Clearing Corporation
    - Singapore International Monetary Exchange Clearing House
    El presente acuerdo deberá ser considerado para el efecto de determinar la diversificación de las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones, según el D.L. Nº 3.500, de 1980.

    Santiago, 29 de cctubre de 1998.- Cristián Ross Kerbernhard,  Secretario.