INSTITUYE EL 8 DE MARZO COMO DIA NACIONAL DE LA MUJER
    Santiago, 24 de agosto de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:

    Núm. 207.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 8 y 35, de la Constitución Política de la República; artículo 10 de la ley 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República; y, lo propuesto por la Sra. Subdirectora Suplente del Servicio Nacional de la Mujer mediante oficio Nº 391, de 1998.

    Considerando:

    1º Que, como consecuencia de las manifestaciones promovidas por las obreras de la industria textil y de la confección, el 8 de marzo de 1857, en la ciudad de Nueva York, exigiendo el derecho al trabajo y garantías de condiciones laborales más humanas, las naciones comenzaron a celebrar y fijar dicha fecha como el Día de la Mujer.

    2º Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante resolución Nº 32/142, de 1977, invitó ''a todos los Estados a que proclamasen, de acuerdo con sus tradiciones históricas y costumbres nacionales, un día del año como Día de las Naciones Unidas para los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional''.

    3º Que -en Chile- los gobiernos, organizaciones no gubernamentales y comunidad en general, vienen tradicionalmente celebrando el 8 de marzo como el Día Nacional de la Mujer.

    D e c r e t o:



    Artículo único.- Institúyase el día 8 de marzo de cada año como Día Nacional de la Mujer.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Quintana Peña, Ministro de Planificación y Cooperación.
    Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Antonio Lara Bravo, Subsecretario Mideplan.