MODIFICA DE OFICIO CONCESION DE RADIODIFUSION  SONORA EN
FRECUENCIA MODULADA

    Santiago, 6 de octubre de 1998.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 488.- Vistos:

a)    El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b)    La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones y sus modificaciones.
c)    El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966.
d)    El decreto supremo Nº 15 de 1983, Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico.
e)    El decreto supremo Nº 126 de 01.04.97, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora.
f)    El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
g)      El decreto supremo Nº 74 de 02.05.89, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

Considerando:

a)      La nota Ingreso Subtel Nº 17.995 de 06.12.89, de don José Alberto Valdebenito Jara, titular de la concesión de Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-075, de la ciudad de Chillán, mediante el decreto enunciado en la letra g) de los Vistos, en la cual denuncia interferencias perjudiciales ocasionadas por la operación de su estación de radiodifusión sonora, a las ondas del canal de Televisión Nacional en la ciudad de Chillán.
b)      El memorándum Nº AC2-1 de 05.01.90, de la Sección Inspecciones de la División Administración y Control, que informa la situación señalada precedentemente.
c)      El Oficio Ord. Nº R1 35.463 de 26.12.89, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones que comunica el cambio de la frecuencia de concesión.
d)      Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 383 de 2 de octubre de 1998.


    D e c r e t o:

    1.  Modifícase, de oficio, la concesión de Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-075, para  la ciudad de Chillán, cuyo titular es don José Alberto Valdebenito Jara, R.U.T. Nº 5.988.331-3,  con  domicilio en 5 de Abril Nº 786, piso 3, comuna de Chillán, VIII Región, mediante decreto supremo enunciado en la letra g) de los Vistos, en el sentido de cambiar la frecuencia de concesión a 97,7 MHz.
    2.  La presente modificación de oficio se efectúa de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del artículo 6º del decreto ley Nº 1.762, de 1977 y el artículo 7º de la ley Nº 18.168, de 1982 y sus modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones.
    3. La publicación del presente decreto de modificación de oficio deberá efectuarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del decreto al concesionario. La no publicación en el plazo indicado producirá la extinción de dicho acto administrativo, por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de declaración alguna.
    4. Es obligación del concesionario el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos y normas técnicas, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese al interesado y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juanita Gana Quiroz, Subsecretaria de Telecomunicaciones.