Artículo 10.- Créanse, en las plantas de personal de cada uno de los Juzgados de Letras que a continuación se indican, un cargo de Receptor Laboral, con los grados de la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Personal del Poder Judicial: Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados de Copiapó, y Primer y Segundo Juzgados de Talca.