Artículo 11.- Divídese la competencia de los Juzgados de Antofagasta, Puente Alto, Rancagua, Chillán, Valdivia y Puerto Montt en la forma que se indica:
    a) El Primer, Segundo y Tercer Juzgados de Letras de Antofagasta pasarán a ser Juzgados del Crimen, denominándose Primer, Segundo y Tercer Juzgados del Crimen de Antofagasta, respectivamente.
    b) El Cuarto, Quinto y Sexto Juzgados de Letras de Antofagasta pasarán a ser Juzgados en lo Civil, denominándose Primer, Segundo y Tercer Juzgados de Letras en lo Civil de Antofagasta, respectivamente.
    c) El Primer Juzgado de Letras de Puente Alto pasará a ser Juzgado en lo Civil, denominándose Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Puente Alto.
    d) El Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados de Letras de Puente Alto pasarán a ser Juzgados del Crimen, denominándose Primer, Segundo y Tercer Juzgados del Crimen de Puente Alto, respectivamente.
    e) El Primer, Segundo y Tercer Juzgados de Letras de Rancagua pasarán a ser Juzgados del Crimen, denominándose Primer, Segundo y Tercer Juzgados del Crimen de Rancagua, respectivamente.
    f) El Cuarto y Quinto Juzgado de Letras de Rancagua, pasarán a ser Juzgados en lo Civil, denominándose Primer y Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Rancagua, respectivamente.
    g) El Primer y Segundo Juzgados de Letras de Chillán, pasarán a ser Juzgados del Crimen, denominándose Primer y Segundo Juzgados del Crimen de Chillán, respectivamente.
    h) El Tercer y Cuarto Juzgado de Letras de Chillán, pasarán a ser Juzgados en lo Civil, denominándose Primer y Segundo Juzgados de Letras en lo Civil de Chillán, respectivamente.
    i) El Primer y Segundo Juzgados de Letras de Valdivia, pasarán a ser Juzgados del Crimen, denominándose Primer y Segundo Juzgado del Crimen de Valdivia, respectivamente.
    j) El Tercer y Cuarto Juzgados de Letras de Valdivia, pasarán a ser Juzgados en lo Civil, denominándose Primer y Segundo Juzgados de Letras en lo Civil de Valdivia, respectivamente.
    k) El Primer y Segundo Juzgado de Letras de Puerto Montt, pasarán a ser Juzgados del Crimen, denominándose Primer y Segundo Juzgados del Crimen de Puerto Montt, respectivamente.
    l) El Tercer y Cuarto Juzgados de Letras de Puerto Montt, pasarán a ser Juzgados en lo Civil, denominándose Primer y Segundo Juzgados de Letras en lo Civil de Puerto Montt, respectivamente.