AUTORIZA LA EXISTENCIA DE LA "SOCIEDAD COOPERATIVA DE EMPLEADOS DE BENEFICENCIA Y ASISTENCIA SOCIAL E INSTITUCIONES AFINES, LIMITADA"


    Núm. 432.- Santiago, 7 de Mayo de 1942.- Vistos estos antecedentes, lo informado por el Comisariato General de Subsistencias y Precios en su oficio número 2.299, de 4 de Mayo en curso, y teniendo presente lo dispuesto en el Art. 5.°, del Reglamento N.° 790, de 6 de Octubre de 1936, sobre Sociedades Cooperativas,
    Decreto:

    1.° Autorízase la existencia de la corporación denominada, "Sociedad Cooperativa de Empleados de Beneficencia y Asistencia Social e Instituciones Afines, Limitada" con domicilio en la ciudad de Santiago;
    2.° Apruébanse los estatutos por los  cuales ha de regirse dicha corporación, en los términos de que da testimonio la escritura pública, adjunta, subscrita ante el notario de Santiago, don Pedro Avalos Ballivián, con fecha quince de Septiembre de mil novecientos cuarenta y uno, y
    3.° Concédese un plazo de tres meses, a contar desde la fecha del presente decreto, para que la "Sociedad Cooperativa de Empleados de Beneficencia y Asistencia Social e Instituciones Afines, Limitada", inicie sus operaciones sociales.


    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.-
J. A. RIOS.- Leonidas Leyton.