Artículo 46.- La subvenciónLEY 19873
Art. 1º Nº 1
D.O. 29.05.2003
anual educacional pro-retención de alumnos se pagará a los sostenedores de establecimientos subvencionados, adicionalmente a la subvención educacional mensual que se paga por la asistencia a clases, de los mismos alumnos beneficiarios de ésta.