Artículo 57. El SubsecretarioLEY 19873
Art. 1º Nº 1
D.O. 29.05.2003
de Educación podrá otorgar en forma nominativa y expresa a funcionarios pertenecientes a dicho Ministerio,Artíc. 27 Letra g)
Ley Número 18.591
Art. 8º Inciso 2º
Decreto Ley 3.476
Art. 49 DFL 2/89
Art. 42 DFL 5/92
Art. 45 DFL 2/96
el carácter de Ministros de Fe para los efectos de esta ley, su reglamento y disposiciones complementarias, en todo aquello que diga relación con normas sobre subvenciones a establecimientos educacionales.