Artículo noveno transitorio: ElLEY 19979
Art. 2º Nº 12
D.O. 06.11.2004 requisito establecido en la letra a) bis del artículo 6º se exigirá a los establecimientos educacionales a partir del año 2004 respecto de los alumnos que ingresen a los primeros años que ofrezcan dichos establecimientos.
Art. 2º Nº 12
D.O. 06.11.2004 requisito establecido en la letra a) bis del artículo 6º se exigirá a los establecimientos educacionales a partir del año 2004 respecto de los alumnos que ingresen a los primeros años que ofrezcan dichos establecimientos.