AUTORIZA A COOPERATIVA DE ENERGIA ELECTRICA TALCA LIMITADA PARA TRANSFERIR CONCESION QUE INDICA A EMPRESA ELECTRICA DE TALCA S.A.

(Resolución)

    Núm. 134.- Santiago, 23 de octubre de 1998.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 46º del D.F.L. Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en el artículo 3º de la ley Nº 18.410 y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y

    Considerando:

    1º.- Que mediante carta L Nº 135, de fecha 03.04.98 la Cooperativa de Energía Eléctrica Talca Limitada, conjuntamente con la Empresa Eléctrica de Melipilla, Colchagua y Maule S.A. y la Empresa Eléctrica de Talca S.A., ha solicitado autorización para transferir a la Empresa Eléctrica de Talca S.A. la concesión que le fuera otorgada en virtud del decreto Nº 210, de fecha 21.04.92, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    2º.- Que el fundamento de la solicitud planteada es que la Cooperativa de Energía Eléctrica Talca Limitada y la Empresa Eléctrica de Melipilla, Colchagua y Maule S.A., Emelectric S.A., se encuentran en un proceso de asociación para explotar conjuntamente el servicio público de distribución de energía eléctrica correspondiente a la misma área de concesión de la Cooperativa, lo cual ha sido aprobado por ambas partes.
    3º.- Que dicha asociación implica transferir la concesión de servicio público de distribución de energía eléctrica y el activo eléctrico de la Cooperativa a la Sociedad ''Empresa Eléctrica de Talca S.A.'', creada para tal efecto, y que estará conformada en un 75% por Emelectric y en un 25% por la Cooperativa.
    4º.- Que el proceso de asociación permitirá contar con los recursos indispensables para solucionar las serias dificultades económicas que enfrenta la Cooperativa y que amenazan la factibilidad de realizar las  inversiones que urgentemente requiere el sistema eléctrico en esa zona.
    5º.- Que con fecha 03.03.98 fue formada la Sociedad Empresa Eléctrica de Talca S.A., por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago don Raúl Undurraga Lazo, la que fue debidamente inscrita a fojas 235, Nº 79, del registro respectivo del año 1998, del Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivo Judicial de Talca.
    6º.- Que el objeto social de la Empresa Eléctrica de Talca S.A. consiste en efectuar el servicio público de distribución de energía eléctrica,  y el transporte de electricidad, entre otros, lo que la habilita para ser titular de la concesión cuya transferencia se analiza.

    R e s u e l v o:




    1º.- Autorízase a la Cooperativa de Energía Eléctrica Talca Limitada, para transferir a la Empresa Eléctrica de Talca S.A. la concesión indicada más adelante, la cual fue otorgada reconociendo su calidad de concesionaria de servicio público de distribución de energía eléctrica, incluidas las servidumbres definitivas, temporales y de ocupación.
    2º.- La concesión cuya transferencia se autoriza es la otorgada a la Cooperativa de Energía Eléctrica Talca Limitada por decreto supremo Nº 210, de fecha 21.04.92, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, cuya reducción a escritura pública se efectuó con fecha 19.02.98 ante el Notario de Talca Sr. Ignacio Vidal Domínguez.
    3º.- La Empresa Eléctrica de Talca S.A., dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, deberá cumplir con todas las condiciones que el D.F.L. Nº 1, ya citado, establece para ser concesionario.
    4º.- La presente resolución deberá ser reducida a escritura pública por el interesado, antes de 30 días contados desde su publicación en el Diario Oficial.
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Jorge Leiva Lavalle, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Oscar Landerretche Gacitúa, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.