Decreto 65, AGRICULTURA
Art. 1 N° 5
D.O. 31.01.2015
    Artículo 5º.- Se autoriza la caza en las cuotas máximas por jornada y por cazador, en las distintas zonas en que se divide el país, y sus temporadas de caza permitida; respecto de las especies que a continuación se enumeran:
     
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    1 La caza de tórtola en la zona norte sólo está permitida para la III Región.
    2 En la IV Región la cuota autorizada es de 30 ejemplares.
    3 Cuotas indicadas para la Región de Aysén y Magallanes, respectivamente.