Decreto 65, AGRICULTURA
Art. 1 N° 27
D.O. 31.01.2015 Artículo 56.- Para el funcionamiento de un criadero, el interesado deberá solicitar su inscripción en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre. La solicitud de inscripción será presentada por el interesado o su representante legal debidamente acreditado, la cual debe incluir los siguientes antecedentes:
Art. 1 N° 27
D.O. 31.01.2015 Artículo 56.- Para el funcionamiento de un criadero, el interesado deberá solicitar su inscripción en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre. La solicitud de inscripción será presentada por el interesado o su representante legal debidamente acreditado, la cual debe incluir los siguientes antecedentes:
a) Nombre, cédula de identidad o rut, dirección, teléfono, fax y correo electrónico (si los tuviere) del propietario o su representante legal;
b) Dirección (calle, comuna, ciudad) y rut del criadero;
c) Dirección del local de venta si correspondiera;
d) Plano de ubicación referencial del predio que señale las vías de acceso, cuerpos de agua que atraviesen el predio y número de rol del mismo;
e) Especies, origen, sexo y número de ejemplares que formarán parte del criadero; Descripción y croquis de las instalaciones del establecimiento, que incluya entre otras: superficie total del criadero; distribución, cantidad y tamaño de corrales, jaulas, sala de incubación, sala de crianza u otro sitio para la mantención de los animales y materiales empleados para su construcción;
g) Normas o medidas de seguridad establecidas en el criadero para proteger a los animales allí existentes y evitar su escape;
h) Plan de manejo sanitario, enriquecimiento ambiental, reproductivo, de alimentación del plantel y marcaje obligatorio de todos los ejemplares;
i) Currículum del Médico Veterinario y otros especialistas asesores del centro;
j) Planes de contingencia frente a fuga de animales, incendio, emergencia sanitaria o ingreso de un depredador;
k) Plan de cierre o abandono del proyecto si corresponde, de conformidad con la legalidad vigente.