Artículo 4.o.- Autorízase a la Municipalidad de Linares para internar un equipo completo de Cine Sonoro de 16 mm., destinado a la Escuela No. 35, del departamento de Linares.
    Esta internación se efectuará con aportes del Centro de Padres y Apoderados de dicha Escuela, y estará liberada de los depósitos que deben hacerse en el Banco Central de Chile y de los derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto de Hacienda número 2.772, de 18 de Agosto de 1943, y de sus modificaciones posteriores y, en general, de todo impuesto o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas."