RENUEVA VIGENCIA DEL DECRETO LEY N° 3.161, DE 1980
    Núm. 3.658.- Santiago, 26 de Enero de 1981.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974 y 991 de 1976.

    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Renuévase hasta el 31 de Diciembre de 1981, la vigencia del decreto ley N° 3.161. de 28 de Enero de 1980.
    El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto ley se solventará con cargo al ítem 50/01/02/24/30.004 del Presupuesto de 1981.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales de Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros de Chile e Investigaciones de Chile e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- JAVIER LOPETEGUI TORRES, General de Aviación, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Subrogante.- Julio Canessa Robert, General de División, Ministro de Defensa Nacional Subrogante.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Ministro de Hacienda Subrogante.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- César Manríquez Bravo, Coronel, Subsecretario de Guerra.