Artículo 18º.- Sobre la base de losLey 17.235/69,
Art. 38º
Ley 19.388/95,
Art. 3º, Nº 17
avalúos vigentes para cada semestre, consideradas las modificaciones a que se refieren los artículos 10º y siguientes y las exenciones del Cuadro Anexo, elLEY 20280
Art. 1º Nº 3
D.O. 04.07.2008
Servicio de Impuestos Internos emitirá, por comunas, un rol de cobro del impuesto a los bienes raíces, que se denominará
''Rol Semestral de Contribuciones'', y que contendrá, además de los datos indispensables para la identificación del predio, su avalúo, la exención si tuviere, y el impuesto.


NOTA:
      El Art. primero de la LEY 20280, publicada el 04.07.2008, dispuso que la modificación introducida en el presente artículo tendrá la misma vigencia que las introducidas en esta ley por los Arts. 1º y 2º de la LEY 20233, vale decir, rige a contar del 1º de enero de 2006.