APRUEBA ESTATUTOS DE JUNTAS DE VECINOS QUE INDICA
    Santiago, 29 de Septiembre de 1988.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.305.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 No. 8 de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley No. 16.880 y en su Reglamento contenido en el Decreto Supremo No. 1.481 de 1968 y lo señalado en el Decreto Supremo No. 74 de 1988, ambos del Ministerio del Interior,

    Decreto:

    Artículo único: Apruébanse los estatutos de las Juntas de Vecinos que indica.
    - "José Tomás Urmeneta"- Unidad Vecinal 30-U, comuna de Rancagua, Expediente 9078, VI Región.
    - "Manuel Rodríguez", Unidad Vecinal 3, comuna de Cochrane, Expediente 9079, XI Región.
    Inscríbase en los registros correspondientes.
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del presidente de la República, Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.