ARTICULO 9° Lo corresponde preferentemente:
    a) Asesorar al Ministro, cuendo se le requiera, en la formulación de las políticas del sector;
    b) Implementar las políticas del sector e instruir respecto de su aplicación;
    c) Estudiar, elaborar, proponer y evaluar los planes ministeriales de corto, mediano y largo plazo;
    d) Estudiar y analizar las necesidades de desarrollo del sector y proponer las prioridades de ejecución del quehacer ministerial;
    e) Estudiar y analizar los planes de desarrollo nacional y regional y proponer las medidas tendientes a conformar los del sector a aquéllos;
    f) Armonizar las proposiciones que provengan de las distintas unidades ministeriales sobre estructura, funciones y procedimientos;
    g) Presentar al Ministro el proyecto de presupuesto anual para su decisión y proponer la distribución de los recursos que en definitiva se asignen al Ministerio; y
    h) Realizar todas aquellas labores que, en el ámbito de su competencia, le encomiende el Ministro.