ARTICULO 10° Depende de la Oficina de Planificación y Presupuesto el Departamento de Presupuesto, que tendrá especialmente las siguientes funciones:
a) Preparar el proyecto de Presupuesto anual del Ministerio, estudiando y compatibilizando el financiamiento de los diversos programas o proyectos específicos que sean propuestos por las divisiones u organismos del nivel central o por las unidades operativas regionales;
b) Estudiar y proponer la asignación de los recursos financieros a las distintas unidades ministeriales y confeccionar los documentos ejecutivos correspondientes de acuerdo a las instrucciones que se le impartan;
c) Consolidar y analizar la información financiera a nivel institucional y confeccionar los informes que deben remitirse a los organismos pertinentes;
d) Efectuar los análisis de los estados financieros y presupuestarios e informar a las autoridades superiores del Ministerio;
e) Preparar las instrucciones para la correcta ejecución presupuestaria, utilización de los recursos e imputación de los mismos, y
f) Realizar las demás labores que se le encomienden.