ARTICULO 38° A la Oficina de Partes y Archivo le corresponden preferentemente las siguientes funciones:
a) Recibir, registrar y distribuir la documentación del Ministerio;
b) Mantener y custodiar el archivo general de los documentos originados en las distintas unidades del nivel central; y
c) Otorgar las copias autorizadas que le soliciten de acuerdo a las normas internas que se dicten al efecto.