ARTICULO 39° Corresponde al Subdepartamento de Abastecimiento y Remuneraciones:
a) Estudiar y proponer el presupuesto para gastos ordinarios de la unidad central y para el abastecimiento y mantención de las Secretarías Regionales Ministeriales;
b) Realizar los trámites para adquisición, cancelación y distribución de los suministros respectivos;
c) Proponer la asignación de fondos para la mantención de edificios y mobiliario asignado a las unidades regionales y confeccionar los documentos para el envío de las remesas correspondientes;
d) Efectuar el pago de remuneraciones y demás estipendios del personal del Ministerio con residencia en Santiago;
e) Confeccionar los informes sobre ejecución presupuestaria y movimiento de fondos de la unidad central y su registro contable;
f) Confeccionar y mantener al día el inventario valorizado de los bienes asignados a las unidades centrales del Ministerio y ejercer la supervisión respecto de los que estén a cargo de las unidades regionales;
g) Impartir instrucciones para la correcta ejecución e imputación de las planillas de remuneraciones y sobre la forma de mantener el inventario en las unidades regionales; y
h) Realizar todas aquellas tareas que, en materias de su competencia, se le encomienden.