AUTORIZA SORTEO QUE INDICA A BENEFICIO DEL ROTARY CLUB PUNTA ARENAS
Punta Arenas, 02 de Noviembre de 1988.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 54.- Vistos:
1.- Lo dispuesto en el Decreto del Ministerio del Interior No. 955, publicado en el Diario Oficial de 24.06.74, modificado por el Decreto del Ministerio del Interior No. 1309 publicado en el Diario Oficial de 21.09.74;
2.- El Decreto del Ministerio del Interior No. 969, publicado en el Diario Oficial de 22 de Agosto de 1975;
y,
3.- La Solicitud del Rotary Club Punta Arenas, de fecha 27 de Octubre de 1988,
Decreto:
1.- Autorízase al Rotary Club Punta Arenas, para que realice un Sorteo denominado Bingo, que será transmitido por Canal 6 de Televisión Nacional de Chile, de esta ciudad, según Convenio que obra en poder de esta Intendencia y que fue suscrito por dicha Institución y el Canal antes señalado.
2.- El referido Bingo, difundido en la forma aludida, se realizará los días 14 y 15 de Noviembre de 1988.
3.- El número máximo de cartones a vender es de 24.000 y el valor de cada uno será de doscientos cincuenta pesos ($ 250.-).
4.- En el mencionado Sorteo se distribuirán, entre los favorecidos con los números que se pongan a la venta, los siguientes premios:
-Un automóvil "Lada", modelo Samara
-Una máquina de escribir Olympia Mastertype
-Dos pasajes P. Arenas - Santiago - P. Arenas
-Un refrigerador "Cónsul "EC - 2853
-Un juego comedor Cicorossi, con seis sillas
-Un televisor color 14" Gold Star CMX 4200
-Una marquesa con velador
-Dos juegos bandejas plegables 5714 - 85
-Dos juegos bandejas plegables 5713 - 85
-Cuatro juegos pesca Abumatic 373
-Doce secadores de pelo Philips HL 2883
-Dos manteles de género 2099/8811
-Siete manteles de género 1185/8713
-Doce radios portátiles 1007
-Doce juegos mesa modelo 2820
Aun cuando no se venda el total de los números, los Organizadores están obligados a sortear el total de los premios.
5.- Las utilidades de este sorteo se destinarán al financiamiento de Becas Universitarias, Ayuda a Escuela Especial F-13 "Rotario Paul Harris" y otros objetivos de proyección social de la Institución solicitante.
6.- El Sorteo deberá ser público y efectuarse ante Notario en las fechas señaladas, impostergablemente.
7.- Los interesados deberán publicar el presente Decreto en el Diario Oficial, antes de la realización del Sorteo; y, los resultados obtenidos, especificando claramente los números premiados y nombre de los favorecidos, deberán publicarlo en un Diario de circulación en todo el país, el segundo Domingo siguiente al Sorteo.
8.- El Rotary Club Punta Arenas, deberá entregar a esta Intendencia Regional, en el plazo máximo de 60 días contados desde la fecha del Sorteo, los siguientes documentos:
-Acta Notarial de la realización del Sorteo;
-Recibo de los premios, firmados por los favorecidos;
-Publicación en los Diarios;
-Informe detallado de los ingresos obtenidos, gastos y utilidad.
Anótese, comuníquese y publíquese.- M. Navarrete B., Brigadier General, Intendente XII Región Magallanes y Antártica Chilena:- M. Salgado J., Secretario Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Mario Salgado Jiménez, Secretario Subrogante Intendencia XIIa. Región "Magallanes y Antártica Chilena".