MODIFICA DECRETO Nº 89, DE 1998
Santiago, 29 de diciembre de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 202.- Visto: El D.S. Nº 89 (V. y U.), de 1998, publicado en el Diario Oficial de 29 de julio de 1998, que modifica el D.S. Nº 47 (V. y U.), de 1992, Ordenanza general de Urbanismo y Construcciones; el D.F.L. Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el D.L. Nº 1.305, de 1976; el artículo 21 inciso cuarto de la ley Nº 16.391; y las facultades que me confiere el artículo 32 número 8º de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único.- Sustitúyese la frase inicial del número I, del artículo único del D.S. Nº 89 (V. y U.), de 1998, por la siguiente:
''Reemplázase en el artículo 1.1.2. el vocablo ''Edificio de uso público'' y su definición, por el que se señala a continuación e intercálase en el mismo artículo, en el orden alfabético que corresponda, los nuevos vocablos y definiciones que se indican:''.
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Sergio Henríquez Díaz, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Sergio González Tapia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.