MODIFICA FECHA DE PAGO, RESPECTO DEL PERSONAL QUE INDICA
    Núm. 406.- Santiago, 28 de Abril de 1995.- Visto: La facultad que me otorga el N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el inciso primero del artículo 89 de la Ley N° 18.834, y el decreto N° 159, de 1982, del Ministerio de Hacienda,
    D e c r e t o:

    1. Introdúcese al decreto de Hacienda N° 159, de 1982, la modificación que se indica:
    En su N° 2, en lo concerniente al día 22, Agrégase el siguiente párrafo:
    Tratándose del personal de los Centros de Administración Directa del Servicio Nacional de Menores, dependiente del Ministerio de Justicia, el ajuste mensual se efectuará el último día hábil del respectivo mes.
    2. No obstante lo dispuesto precedentemente, los emolumentos del personal de los citados Centros que correspondan a los meses de Junio, Julio y Agosto de 1995, se ajustarán en los días 23, 26 y 28, respectivamente.


    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Manuel Marfán Lewis, Subsecretario de Hacienda.