CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA Y APRUEBA ESTATUTOS A "SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA I. MUNICIPALIDAD DE ANGOL"

    Santiago, 10 de Agosto de 1988.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 901.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto Supremo No. 110, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y en el Decreto Supremo de Justicia No. 610, de 01 de agosto de 1984 y lo informado por el señor Gobernador Provincial de Malleco, por la señora Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Angol y por el señor Superintendente de Seguridad Social,

          Decreto:

    1.- Concédese personalidad jurídica a la entidad denominada "Servicio de Bienestar del Personal de la I. Municipalidad de Angol", con domicilio en la provincia de Malleco, Novena Región de la Araucanía.
    2.- Apruébanse los estatutos por los cuales se ha de regir la citada entidad, en los términos de que da testimonio el instrumento protocolizado bajo el No. 13, con fecha 09 de julio de 1986, y la escritura pública otorgada el 23 de junio de 1988, ambos ante el Notario Público de Angol, don Carlos Paluz Rivas.
    3.- La entidad cuya personalidad jurídica se concede por este decreto, deberá dar cumplimiento a las disposiciones del Decreto Ley No. 349, de 1974 y sus modificaciones.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hugo Rosende Subiabre, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente. Luis Manríquez Reyes, Subsecretario de Justicia.