Artículo 20°.- Habrá las siguientesDFL-1, DEFENSA
Art. 1º Nº 8
D.O. 12.03.1998
Juntas Calificadoras:
A) Para el Personal de Nombramiento Supremo:
1) Honorables Juntas Calificadoras de Méritos de Oficiales Subalternos;
2) Honorable Junta Calificadora de Méritos y de Apelaciones, y
3) Honorable Junta Superior de Apelaciones.

B) Para el Personal de Nombramiento Institucional:
1) Honorables Juntas Calificadoras de Méritos;Ley 20784
Art. ÚNICO N°s. 1), 2), 3)
D.O. 21.10.2014
2) Honorables Juntas Calificadoras de Apelaciones, y
3) Honorable Junta Superior de Apelaciones.

Las calificaciones del personal y su clasificación definitiva en la lista correspondiente, como asimismo la composición, funcionamiento y atribuciones de todas estas Juntas, las determinará el respectivo reglamento.