Artículo 60°.- El personal queDFL. 2/68 (I),
Art. 60°. restituyese las viviendas con deterioros, de los cualesDFL-1, DEFENSA
Art. 1º Nº 35
D.O. 12.03.1998 se dejará constancia en el acta de recepción respectiva, estará obligado a reembolsar lo que se invierta en la reparación del inmueble. Para estos efectos, los descuentos que deban efectuarse por este concepto tendrán preferencia sobre otra clase de descuentos, salvo los previsionales, de impuestos y aquellos que se dispongan por resolución judicial.
Art. 60°. restituyese las viviendas con deterioros, de los cualesDFL-1, DEFENSA
Art. 1º Nº 35
D.O. 12.03.1998 se dejará constancia en el acta de recepción respectiva, estará obligado a reembolsar lo que se invierta en la reparación del inmueble. Para estos efectos, los descuentos que deban efectuarse por este concepto tendrán preferencia sobre otra clase de descuentos, salvo los previsionales, de impuestos y aquellos que se dispongan por resolución judicial.