Artículo 153°.-  INCISO DEROGADODFL-1, DEFENSA
Art. 1º Nº 46 a)
D.O. 12.03.1998
DFL-1, DEFENSA
Art. 1º Nº 46 b)
D.O. 12.03.1998
Las disposiciones generales y especiales consultadas en otros textos legales, que regulen materias contempladas en el presenteLey 17.700,
Art. 13.
Ley 17.914,
Art. 18°.
decreto con fuerza de ley, no serán aplicables al personal regido por el estatuto en él contenido, debiendo entenderse que las normas limitativas de las pensiones contempladas en los artículos 25°, 48° y 2° transitorio de la ley 15.386 no se aplican ni han debido aplicarse a este personal.