Artículo 5°.- El personal en actualDFL. 2/68 (I),
Art. 5° trans. retiro y los beneficiarios de montepío que regulen sus rentas de acuerdo a las de sus similares en servicio activo, conservará este derecho dentro de los porcentajes correspondientes.
Art. 5° trans. retiro y los beneficiarios de montepío que regulen sus rentas de acuerdo a las de sus similares en servicio activo, conservará este derecho dentro de los porcentajes correspondientes.