Art. 27.- Para ser elejido Diputado o Senador es necesario tener los requisitos de ciudadano con derecho a sufrajio, saber leer y escribir y no haber sidoLEY 17284
Art. 1º
D.O. 23.01.1970 condenado jamas por delito que merezca pena aflictiva.
Art. 1º
D.O. 23.01.1970 condenado jamas por delito que merezca pena aflictiva.
Además, al momento de su elección, los Diputados deben tener 21 años cumplidos, y los senadores, 35.
NOTA:
El Art. 2º de la LEY 17284, publicada el 23.01.1970, dispone que la modificación introducida al presente artículo rige a contar del 4 de noviembre de 1970.
El Art. 2º de la LEY 17284, publicada el 23.01.1970, dispone que la modificación introducida al presente artículo rige a contar del 4 de noviembre de 1970.