Artículo 16º.- El valor de los traslados que se efectúen en la Modalidad de Atención Institucional, será el que se facture por la entidad que lo realice.
Tratándose de traslados efectuados en ambulancia o vehículos de propiedad del Servicio de Salud en el ámbito urbano, el valor será el señalado en el Arancel para el código 24-01-064, para los recorridos de 20 kilómetros o menos. Por cada kilómetro adicional corresponderá añadir Resolución 347 EXENTA,
SALUD
Nº 1 d)
D.O. 14.03.2026$410 al valor Arancel, sobre lo cual se calculará el correspondiente co-pago.
SALUD
Nº 1 d)
D.O. 14.03.2026$410 al valor Arancel, sobre lo cual se calculará el correspondiente co-pago.