Artículo 4°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
    a) Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 515, el numeral "uno" por "dos"; y en el inciso tercero, elimínase la expresión "Coronel".
    b) Reemplázanse en el artículo 516, las expresiones "el de Concepción", por "los de Concepción".