MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES QUE SEÑALA

    Núm. 294.- San Ramón, 13 de Junio de 1988.- Vistos:
    La Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, aprobada por Decreto Alcaldicio No. 11, con fecha 21 de Enero de 1985 y modificada por los Decretos Alcaldicios No. 85 del 28 de Febrero de 1985 y No. 39 del 13 de Enero y No. 84 del 23 de Enero de 1986 y No. 80 del 19 de Enero de 1987;
    La Circular del Ministerio del Interior Reservada No. 19 del 28 de Abril de 1988, DS No. 83 (15.01.88) del Ministerio del Interior, el Art. 12° del Decreto Ley No.
3.063, modificado por el Art. 4° de la Ley 18.597;
    El Ordinario No. 471 de fecha 08.06.88 de la Dirección de Tránsito y Transporte Público;
    Teniendo presente:
    Las facultades que me confieren el Art. 5° letra d), Art. 10, Art. 53 letra i) y Art. 5° Transitorio de la Ley 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificada por la Ley 18.702,
    Decreto:

    Agrégase al Art. 10° de la Ordenanza sobre cobros Derechos Municipales, señalada en los vistos, el siguiente No. 14:

0,20 UTM      Certificado de empadronamiento
0,05 UTM      Duplicado certificado de empadronamiento
0,10 UTM      Certificado de modificación en el Registro
0,20 UTM      Placa provisoria (incluye costo duplicado
              placa)

    La presente Modificación entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, cúmplase y archívese.- Jesús Antonio Cabedo Ibarra, Alcalde.- Juana María Michel Ferraris, Secretaria Municipal.