Artículo 10°.- Los planes deLey 19.079, Art. 1°
N° 20 bis. manejo serán públicos y su consulta podrá efectuarse en las sedes de los Consejos Zonales de Pesca.
N° 20 bis. manejo serán públicos y su consulta podrá efectuarse en las sedes de los Consejos Zonales de Pesca.