OTORGA A FRONTEL CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA IX REGION
Núm. 431.- Santiago, 17 de junio de 1996.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley N° 18.410.
D e c r e t o:
Artículo 1°.- Otórgase a la Empresa Eléctrica de la Frontera S.A., concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la IX Región, Provincia de Cautín, Comuna de Cunco, una línea de distribución de energía eléctrica en 23 kV denominada Cahuimpangue - Huichahue, que se encuentra descrita en el plano PP N° T-5063.
Las obras correspondientes han sido ejecutadas, encontrándose concluidos los trabajos respectivos.
Artículo 2°.- El objetivo de estas instalaciones será dar servicio público de distribución de energía eléctrica a los habitantes del sector rural en que ella se ubica.
Artículo 3°.- El presupuesto del costo de las obras ascendió a $26.003.007.
Artículo 4°.- Apruébanse los planos de servidumbres de estas instalaciones contenidos todos en el plano PP N° T-5063, de Frontel.
Artículo 5°.- Copias de los planos de servidumbres, del plano general de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Artículo 6°.- Constitúyanse, de acuerdo con lo que sobre el particular establece el D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, las servidumbres para el tendido de las líneas en los predios de propiedad particular que se indican a continuación:
Propietario Predio Longitud
(m)
Fisco Camino Público 274
Fisco Camino Público 17
Amelia Campos Peña Parcela N° 10 68
Fisco Camino Público 12
Amelia Campos Peña Parcela N° 10 1.131
Fisco Camino Público 796
Karin Von Fabeck Von El Guindal 909
Oesterreich
Rodolfo Otto Pohl Kiekebusch La Pampa El
Guindal 795
Fisco Camino Público 1.160
Alfonso Grandón Lote A Parcelas 506
Jiménez San Ramón
Fisco Camino Público 12
Luis Mena Velasco Los Confines 701
Isaías Riquelme Chorrillos 1.501
Zurita
Ulrich Lehker Santa Angela 662
Rathmann
Rosa García González El Tesoro 1.669
Emilia Fernández El Radal 283
Herrera
Julia Fernández Hijuela Radal 160
Herrera
Remijia Fernández Hijuela Radal 245
Herrera
Mario Fernández El Radal 310
Ernst
María Angélica Mora Castillo Yolanda 1.178
Fisco Camino Público 10
Juan Antonio Matus Santa Inés 256
Matus
Eugenio Muñoz Opazo Parcela N° 22 El 29
Indio
Fisco Camino Público 354
Fernando Guido Parcela N° 3, El 159
Müller Fuentes Maitén
Mario Fernández El Radal 18
Ernst
Fisco Camino Público 20
Isaías Riquelme Chorrillos 510
Zurita
Artículo 7°.- Autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.
Artículo 8°.- La zona de concesión se encuentra demarcada en el plano del Instituto Geográfico Militar N° 3845/7215 Radal, y comprende un territorio cuyos deslindes son los siguientes:
Límite Norte: Una línea recta que une la intersección de la ordenada 5.698 km. con la abscisa 727 km. (punto A), con la intersección de la ordenada 5.695 km. con la abscisa 736 km., hasta la intersección de la citada recta con la abscisa 735 km. (punto B).
Límite Este: Una línea recta que une el punto B con un punto de la ordenada 5.691 km. ubicado 500 metros al oeste de la abscisa 734 km. (punto C), siguiendo por otra recta que une este último punto con la intersección de la ordenada 5.692 km. con la abscisa 731 km., hasta su intersección con la abscisa 732 km. (punto D), y extendiéndose hacia el suroeste a lo largo de otra línea recta que une el punto D con la intersección de la ordenada 5.683 km. con la abscisa 729 km., prolongándose en la misma dirección hasta su intersección con una línea recta que une la intersección de la ordenada 5.683 km. con la abscisa 727 km., con la intersección de la ordenada 5.681 km. con la abscisa 733 km. (punto E).
Límite Sur: Una línea recta que une la intersección de la ordenada 5.683 km. con la abscisa 727 km., con la intersección de la ordenada 5.681 km. con la abscisa 733 km., desde el punto E hasta la intersección primeramente citada, de la ordenada 5.683 km. con la abscisa 727 km.
(punto F), continuando por la ordenada 5.683 km. hasta su intersección con la abscisa 725 km. (punto G) y prolongándose por una recta que une este último punto con un punto de la abscisa 717 km. localizado a 500 metros al sur de la ordenada 5.683 km. con la abscisa 724 km., con la intersección de la ordenada 5.693 km. con la abscisa 728 km. (punto H).
Límite Oeste: Una línea recta que une la intersección de la ordenada 5.682 km. con la abscisa 724 km., con la intersección de la ordenada 5.693 km. con la abscisa 728 km. (punto I), desde el punto H hasta el punto I, continuando por otra recta que une este último punto con la intersección de la ordenada 5.694 km. con la abscisa 725 km., hasta su intersección con otra línea recta que une el punto A (ya definido) con la intersección de la ordenada 5.692 km. con la abscisa 725 km. (punto J), y extendiéndose a lo largo de esta recta, desde el punto J hasta el punto A, ambos ya definidos.
Artículo 9°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
Artículo 10°.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.
Artículo 11°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de treinta días contados desde su publicación en el Diario Oficial, en la Notaría que corresponda.
Artículo 12°.- Déjase sin efecto el Decreto N° 153, de fecha 05.04.94, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sin tramitar.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Angel Custodio Maulén Ríos, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.