Artículo 28°.- En caso de que en la inspección de las encomiendas u otros envíos postales se detectaren libros, revistas e impresos en general, que por su carácter pornográfico atente contra la moral y las buenas costumbres, los funcionarios de Aduana deberán hacer la denuncia correspondiente al Juzgado del Crimen competente conforme a la legislación vigente.