MODIFICA DECRETO Nº 44, DE 1998, QUE FIJA DELIMITACION DE RECINTO PORTUARIO DEL PUERTO TALCAHUANO/SAN VICENTE
    Núm. 263.- Santiago, 28 de octubre de 1998.- Vistos: El Oficio Nº 41, de fecha 9 de septiembre de 1998, de la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente; la inscripción de fs. 692 Nº912 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, correspondiente al año 1979, lo dispuesto en el artículo 11 de la ley  Nº 19.542 y lo establecido en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado,
    Considerando:

    1.- Que, dada la necesidad de liberar un sector del actual recinto para posible uso inmobiliario, ajeno al carácter portuario comercial del Puerto, el Directorio de la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente mediante el acuerdo 002.10/98 adoptado en su 10ª sesión ordinaria ha propuesto al Presidente de la República una modificación del recinto portuario del Puerto de Talcahuano establecido por decreto supremo Nº 44 del 12 de marzo de 1998, a fin de que sea determinado mediante decreto supremo expedido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    2.- Que, para los efectos antedichos, se ha comprendido en la delimitación tanto bienes inmuebles de propiedad de la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente, como de propiedad del Fisco que actualmente usa o explota, que conforman los actuales recintos portuarios del Puerto de Talcahuano, dependiente de la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente, y las áreas marítimas correspondientes,

    D e c r e t o:


    1.- Modifícase el recinto Portuario del Puerto de Talcahuano, por traslado de los puntos G, H e I del plano Tal-TC-9816, a su nueva ubicación, según consta en plano TAL-TC-9817 de  la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente, protocolizado con fecha 9 de septiembre de 1998, bajo el número 256, en la Notaría de Talcahuano, de don Renato Laemmermann M.

    2.- Con lo anterior, el recinto portuario del Puerto de Talcahuano, dependiente de la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente, comprende las áreas marítimas y terrestres comprendidas dentro de los polígonos identificados por los siguientes deslindes, según se indica en plano Nº TAL-TC-9817:

PUERTO DE TALCAHUANO

    Norte: En línea quebrada continua, en tramos de doscientos noventa y cuatro metros con Zona Prohibida de Navegación, y quinientos cincuenta y cinco metros sobre el mar (Puntos C-D-E), según las siguientes orientaciones:

    Tramo C-D: N 49,95° E Tramo D-E: S 53,55° E

    Este: En línea quebrada continua, en tramos de ciento cincuenta y cinco metros, y doscientos cuarenta y tres metros sobre el mar (Puntos E-F-G), según las siguientes orientaciones:

    Tramo E-F: S 8,55° E Tramo F-G: S 7,5° O

    Sur: En línea quebrada continua, en tramos de quinientos metros sobre el mar, y ciento veinticinco metros en terrenos de la Empresa Portuaria Talcahuano/San Vicente (Puntos G-H-I). El tramo G-H sobre el mar tiene una orientación S 70° O.

    Oeste: En línea quebrada y curva continua, en tramos de doscientos veinte metros con calle pública y reserva para ampliación de Av. Blanco Encalada; sesenta metros con terrenos fiscales destinados a la Aduana; y cien y cuatrocientos ochenta y siete metros sobre el mar (Puntos I-J-A-B-C). Los tramos sobre el mar tienen las siguientes orientaciones:

    Tramo A-B: N 36,9° E Tramo B-C: N 2,7° O
    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ- TAGLE, Presidente de la República.- Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jefe Administrativo.