Artículo 13º. En el caso de proyectos presentados por personas naturales, se considera que quien lo presenta es su responsable para todos los efectos, es decir, suscribirá el convenio de ejecución correspondiente, velará por su correcta y completa ejecución según los objetivos y actividades planteadas en la postulación o en la correspondiente readecuación, cuando al seleccionar un proyecto, la Comisión Nacional asigne recursos inferiores a los solicitados en la postulación.
    En el caso de proyectos presentados por personas jurídicas, el responsable del proyecto será su representante legal, debidamente acreditado al momento de la postulación.