Artículo 23º. Estos Comités tendrán las siguientes funciones en los concursos regionales:


a)  Evaluar y seleccionar los proyectos que serán financiados por el Fondart en su región, cuya puntuación promedio sea igual o superior a los 80 puntos;

b)  Asignar los montos respectivos a cada proyecto, en una cantidad que no podrá ser inferior al 80% de los recursos solicitados.

c)  Elaborar un listado de cinco (5) proyectos que cumplan con el requisito señalado en la letra a) precedente y que no hayan resultado seleccionados, para el caso de reasignación de recursos producto de la no comparecencia a suscribir el respectivo convenio o del incumplimiento del mismo por parte de alguno de los responsables de iniciativas seleccionadas.