RECTIFICA DECRETO Nº 60, DE 1999

    Santiago, 3 de marzo de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 264.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República y en el artículo 470 del Código Orgánico de Tribunales, y el decreto Nº 17, de 8 de enero de 1999 del Ministerio de Justicia y

    Teniendo presente:

    1.- Que mediante decreto Nº 1.238, de 27 de noviembre de 1998, se creó el cargo de Archivero de Andacollo, fusionándolo con el de Secretario y Notario Conservador de esa comuna;
    2.- Que mediante decreto Nº 60, de 19 de enero de 1999, se separó el cargo de Secretario del Juzgado de Letras de Andacollo, del de Notario Conservador de esa comuna, omitiéndose el de Archivero;

    D e c r e t o:


    Rectifícase el decreto Nº 60, de 19 de enero de 1999, del Ministerio de Justicia, sustituyendo su parte resolutiva por la siguiente:
    ''Sepárase el cargo de Secretario del Juzgado de Letras de Andacollo, del de Notario, Conservador y Archivero de esa comuna.''
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Consuelo Gazmuri Riveros, Subsecretario de Justicia Subrogante.