Lei núm. 1,079.- Santiago, 7 de setiembre de 1898.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a las hermanas solteras del teniente coronel don Tomas 2.º Yávar i del teniente don Eujenio Yávar, la pension que el artículo 12 de la lei de 22 de diciembre de 1881, acuerda a la madre viuda de sarjento-mayor muerto en accion de guerra, de la cual disfrutarán con arreglo a la lei de montepío militar.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- V. Blanco.