Lei núm. 1,110.- Santiago, 26 de octubre de 1898.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único.- En atencion a los servicios prestados a la Nacion por el jeneral de la Independencia, don Juan Gregorio de las Heras, concédese, por gracia, a su nieta doña María Teresa G. de las Heras, una pension mensual de treinta pesos de que gozará con arreglo a la lei de montepío militar.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Ventura Blanco.