CONCEDE, POR GRACIA, EL DERECHO A IMPETRAR REJUBILACION A DOÑA MARY HARGREAVES VALDES
Santiago, 17 de Abril de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.324.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; Nº 527, de 1974, y Nº 991, de 1976, y
Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Mary Hargreaves Valdés, el derecho a impetrar rejubilación.
A contar de la fecha de publicación del presente decreto ley, cesará la jubilación que percibe por intermedio de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y que obtuvo en base a los 13 años, 10 meses y 1 día, dejándose sin efecto la resolución número 1.622 de 31 de Agosto de 1964 del Departamento de Pensiones de la Subsecretaría de Marina, que le concedió la jubilación antes señalada.
La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a otorgarle la rejubilación que se concede por este decreto ley computándole, para esos efectos, los años servidos en la Armada como asimismo, el período desempeñado en Impuestos Internos.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.