"Artículo único.- En atención a los servicios prestados al pais por el teniente-coronel don Francisco Javier Zelaya, concédesele, por gracia, para los efectos de su retiro, el abono de los seis años ocho meses i quince dias que estuvo retirado absolutamente del Ejército desde el 30 de enero de 1873 hasta el 29 de setiembre de 1879.