MODIFICA Y RECTIFICA RESOLUCION Nº 45 EXENTA, DE 1999 (Resolución)
Núm. 88 exenta.- Antofagasta, 25 de marzo de 1999.- Vistos: La resolución exenta Nº 045 de 10 de febrero de 1999 de esta Secretaría Ministerial, mediante la que se efectuó el llamado a postulación año 1999 a viviendas básicas D.S. 62 (V y U) de 1984, modalidad Serviu, alternativas individual y colectiva, ubicadas en la comuna de Calama, II Región; el error en que se incurrió en la definición de la oferta identificada como Nº 3, ''Programa para discapacitados en silla de ruedas'', en la que se especificó que el número de viviendas era de veintidós, de las cuales catorce corresponden a las que quedaron disponibles del tercer llamado del año 1998 y ocho al primer llamado del año 1999; la necesidad de corregir el citado error; las facultades que me otorga el decreto supremo Nº 397 (V y U) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo y el D.S. 62 (V y U) de 1984; mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región,
R e s u e l v o:
Modifíquese y rectifíquese la resolución Nº 045 exenta de esta Secretaría Ministerial, de fecha 10 de febrero de 1999, mediante la que se llamó a postulación año 1999 a viviendas básicas D.S. 62 (V y U) de 1984, modalidad Serviu, alternativas individual y colectiva, en el sentido siguiente:
1) En la Oferta 3 - Calama, Programa de viviendas básicas Serviu para discapacitados en silla de ruedas, se modifica en el sentido de aclarar que el número de viviendas es de 14, y la fecha de acreditación del ahorro es hasta el 26 de febrero de 1999. En todo lo demás los requisitos exigidos en el llamado se mantienen igual.
2) Agréguese la siguiente oferta:
Oferta 4 - Calama
Programa de Viviendas Básicas Serviu para Discapacitados en Silla de Ruedas Número de viviendas: 8
Tipología: especial de un piso
Lugar de ubicación: Población René Schneider de Calama
Modalidad: Serviu
Alternativa de postulación: individual
Valor de la vivienda: 290 U.F. aprox.
Monto del subsidio habitacional: hasta 140 U.F.
Ahorro mínimo de postulación: 10 U.F.
Fecha de acreditación del ahorro: hasta el 26 de febrero de 1999
Requisito Especial: Inscripción en el Registro Nacional de
Discapacitados y Certificado Médico.
3) Prorróguese el período de postulación hasta el 01 de abril de 1999.
4) Modifíquese el período de suspensión de la postulación, en los términos siguientes: Desde el 05 de abril de 1999 hasta el 16 de abril de 1999.
En todo lo demás la resolución citada se mantiene inalterable.
º Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en un diario de mayor circulación de la comuna.- Mario Bugueño Muñoz, Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región.