Lei núm. 1,227.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- En atención a los servicios prestados por el jefe de la estación del Mercado de Santiago, don Amador Ramírez, se le concede, por gracia, derecho de jubilar con arreglo a la lei de 20 de agosto de 1857, tomando por base el setenta i cinco por ciento del sueldo de que disfruta.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, prumúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 6 de julio de 1899.- FEDERICO ERRAZURIZ.-
D. Rioseco.