MODIFICA DECRETO Nº 138, DE 1998
Santiago, 19 de febrero de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 23.- Visto: El D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986 y sus modificaciones, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural; lo dispuesto en el artículo 21, inciso cuarto, de la ley Nº 16.391; el D.S. Nº 138 (V. y U.), de 1998, y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 138 (V. y U.), de 1998, en el sentido de suprimir en su artículo único la expresión ''Título II del'' y de reemplazar el vocablo ''viviendas'' por ''obras''.
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Berta Belmar Ruiz, Ministra de Vivienda y Urbanismo Subrogante.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Mirna Jugovic Mateljan, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo Subrogante.