RECTIFICA LISTA ANEXA QUE CONTIENE RESOLUCION Nº 826 EXENTA, DE 1999
(Resolución)
Núm. 2.381 exenta.- Santiago, 8 de abril de 1999.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 6º, letra A), del Código Tributario, contenido en el artículo 1º del decreto ley Nº 830, de 1974, y el artículo 34º bis Nº 2 y 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1º del decreto ley Nº 824, de 1974.
Considerando:
1) Que, en virtud de las disposiciones legales citadas precedentemente, se dictó la resolución Nº 826 exenta, de fecha 29 de enero de 1999, publicada en el Diario Oficial del día 8 de febrero de 1999, y 2) Que, la lista anexa de dicha resolución contiene algunos errores en su emisión, que se hace necesario rectificar:
Se resuelve:
Efectúense las siguientes rectificaciones en la lista anexa que contiene la resolución Nº 826 exenta, de fecha 29 de enero de 1999 publicada, en miles de pesos, en el Diario Oficial del día 8 de febrero de 1999: En las páginas del Diario Oficial que se indican, corríjanse las siguientes tasaciones:
Pág Col Marca Año Dice Debe
decir
3 1 Mercedes Benz
Microbús
1113-1114 1992 17.000 15.000
1115-1214
y 1318 1993 23.800 20.000
1994 24.500 22.500
3 2 Mercedes Benz 1991 20.000 18.000
Bus 1116-1313
-1315 1992 24.000 22.000
1316 y 1318 1993 26.500 24.000
1994 29.500 28.000
3 4 Mercedes Benz
Taxibús 608-708-
804-808
809-812-813-814
-913 y 914 1991 11.500 10.500
3 7 Scania 1987 18.000 17.000
Bus K-112 1988 20.000 18.000
Interprovincial 1989 21.800 18.500
1990 23.700 22.000
Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Javier Etcheberry Celhay, Director.