Lei núm. 1,365.- Santiago, 6 de setiembre de 1900.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, al
sarjento-mayor de Ejército, don Francisco S. Ahumada,
derecho de percibir la pension de invalidez de que
actualmente disfruta, en virtud de lo prescrito en el
artículo 2.º de la Lei de Recompensas de 22 de diciembre de 1881, como si la herida que dió oríjen a la pension le hubiese sido inferida desempeñando el empleo de sarjento-mayor."
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- ELIAS FERNANDEZ A.- Ricardo Matte Perez.