Lei núm. 1,396.- Santiago, 12 de diciembre de 1900.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Concédese un suplemento de dieziseis mil cien pesos al ítem 44 de la partida 1.ª del presupuesto de Colonizacion para devolver a los subastadores de terrenos fiscales que no hubieran podido tomar posesion de sus respectivos lotes, los valores que hubieren pagado como parte de su precio.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Emilio Bello C.