Lei núm. 1,423.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente

PROYECTO DE LEI:

    "Artículo único.- En atencion a los importantes servicios prestados al pais por el Ministro de la Corte Suprema de Justicia, señor don José Alejo Valenzuela, concédese a su viuda e hijas solteras una pension anual de tres mil pesos la que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar."
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.

    Santiago a 3 de enero de 1901.- FEDERICO ERRAZURIZ E.- Francisco J. Herboso.